Protección de Datos prohíbe el uso de reconocimiento facial para vigilar exámenes online

Protección de Datos prohíbe el uso de reconocimiento facial para vigilar exámenes online
Resumen generado por IA
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) prohíbe el uso de reconocimiento facial en universidades para evitar el fraude en exámenes online. Considera que el tratamiento de datos biométricos requiere justificación excepcional, lo cual no se cumple en este caso.
Este resumen ha sido generado automáticamente por inteligencia artificial y puede contener imprecisiones.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado hoy una resolución en la que analiza el uso de tecnologías automáticas de reconocimiento facial “para evitar el fraude en el marco de la evaluación online”. Su conclusión es que, al ser los datos biométricos unos datos de categoría especial y que, por tanto, solo pueden ser tratados en casos excepcionales en los que se justifique el riesgo de manipular datos tan sensibles, las universidades no están legitimadas para hacerlo.
¿Qué impacto puede tener esta noticia?
Las universidades deberán buscar alternativas para evitar el fraude en exámenes online.
Se abre un debate sobre la privacidad y el uso de datos biométricos en la educación.
Podría haber un aumento en la inversión en sistemas de seguridad que cumplan con la normativa de protección de datos.