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Protección de Datos prohíbe el uso de reconocimiento facial para vigilar exámenes online

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Protección de Datos prohíbe el uso de reconocimiento facial para vigilar exámenes online

Protección de Datos prohíbe el uso de reconocimiento facial para vigilar exámenes online

Resumen generado por IA

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) prohíbe el uso de reconocimiento facial en universidades para evitar el fraude en exámenes online. Considera que el tratamiento de datos biométricos requiere justificación excepcional, lo cual no se cumple en este caso.

Este resumen ha sido generado automáticamente por inteligencia artificial y puede contener imprecisiones.

Estudiantes ocupan la biblioteca Maria Zambrano, de la Universidad Complutense de Madrid, en plena pandemia.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado hoy una resolución en la que analiza el uso de tecnologías automáticas de reconocimiento facial “para evitar el fraude en el marco de la evaluación online”. Su conclusión es que, al ser los datos biométricos unos datos de categoría especial y que, por tanto, solo pueden ser tratados en casos excepcionales en los que se justifique el riesgo de manipular datos tan sensibles, las universidades no están legitimadas para hacerlo.

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